Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1480/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
II.3.
II.3. El 28 de junio de 2008, el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial, dictó la Sentencia 14/2008, declarando nuevamente probada la demanda ejecutiva (fs. 33 a 37 vta.), frente a esa sentencia el accionante presentó nuevo recurso de apelación en el efecto devolutivo el 30 de agosto de 2008, a través del cual impugnó varios aspectos que no fueron tomados en cuenta por el Juez de primera instancia (fs. 38 a 40 vta.) y por Auto de Vista 624/2008 de 15 de diciembre, la Sala Civil Segunda sin resolver todos los puntos consignados en el recurso de apelación confirmó la sentencia apelada (fs. 46).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. El debido proceso y la motivación de las resoluciones
- la exigencia de la motivación de las resoluciones
- III.2. Análisis del caso concreto