SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1498/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1498/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

“improcedente”

La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 47/2009 de 19 de octubre, cursante de fs. 194 a 195, por la que declaró “improcedente” la acción de defensa, argumentando que: El accionante, interpuso ante la Sala Social y Administrativa de esa Corte Superior, otra acción de amparo constitucional contra las mismas personas, con el mismo fundamento y finalidad; al respecto, el art. 96.2 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), expresa de forma clara y precisa que, cuando se hubiera interpuesto anteriormente un recurso constitucional con identidad de sujeto, objeto y causa y contra los actos consentidos libre y expresamente o cuando hubieren cesado los efectos del acto reclamado, la acción debe ser declarada improcedente, actuando en tal razón el Tribunal de garantías.