SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1503/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
a)
El funcionario policial demandado, a través de informe escrito que consta a fs. 55 a 56, alegó: a) El 21 de septiembre de 2010, recepcionó en su Unidad, un mandamiento de condena y orden instruida contra Marco Antonio Roca Alí, expedido por Mario Gandarillas Angulo, Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial; y, de Basilio Cruz Chilo, Juez Séptimo de Partido en lo Civil, ambos en suplencia legal del Tribunal conformado por los Jueces de Partido en lo Penal, Sustancias Controladas y Liquidador, para su cumplimiento; b) A las 11:30 horas del 23 de septiembre del mismo año, en la av. Pedro Ignacio Muiba de la ciudad de Trinidad, dio cumplimiento al mandamiento de condena y orden instruida de 20 del citado mes y año, por el que aprehendió al representado del accionante, respetando en todo momento sus derechos y garantías constitucionales, dado que le dio a conocer una copia del mandamiento por el que se le condenaba a dieciséis años de presidio, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, por el delito de tráfico de sustancias controladas, firmando el mandamiento de condena; c) Puso a conocimiento de la aprehensión y ejecución del mandamiento de condena a Víctor Flores Torrico, Fiscal de Sustancias Controladas de Trinidad, en suplencia legal, quien se hizo presente en dependencias de UMOPAR en Trinidad; d) Al condenado lo escoltaron y trasladaron vía terrestre hasta Santa Cruz para posteriormente, vía aérea, enviarlo a la ciudad de Cochabamba, hasta la cárcel pública de “El Abra”, donde llegó a horas 12:20 del 24 de septiembre de 2010, por el que recibió el descargo correspondiente; y, e) También informó a Carola Claudia Mancilla, Coordinadora de fiscales de materia de sustancias controladas de la Cochabamba, sobre las actuaciones realizadas.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos, garantías y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- i)
- a)
- “no ha lugar”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2.
- III.3. El caso concreto con referencia a la alegada vulneración del debido proceso
- ordenar la tutela
- APROBAR