Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1503/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 05/2010 de 6 de octubre, cursante a fs. 60 a 62, dictada por la Jueza Segunda de Sentencia del Distrito Judicial de Beni; y en consecuencia, DENEGAR tutela solicitada, sin ingresar al fondo del asunto, en base a los fundamentos jurídicos expuestos.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos, garantías y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- i)
- a)
- “no ha lugar”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2.
- III.3. El caso concreto con referencia a la alegada vulneración del debido proceso
- ordenar la tutela
- APROBAR