Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1506/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.5.
II.5. Conforme consta en el certificado médico de 23 de septiembre de 2010, Herlandth Lino Saldías, “de 60 años, es portador de diabetes mellitus tipo dos inestable, en actual tratamiento”; inclusive, presentó crisis aguda de cisticercosis cerebral y sufrió un accidente por el cual se le practicó un injerto de piel en la zona interna del tobillo izquierdo, que por su actividad rutinaria presenta edema inflamatorio con riesgo de desprendimiento, por tanto recomienda evitar viajes súbitos o actividades sobrecargadas, además de cambios climáticos bruscos “por la convergencia de sus patologías y el peligro de presentar recaída en cualquiera de dichos cuadros” (fs. 112).
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “otorga”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 14
- esta acción de defensa en los casos en que el procesamiento indebido es la causa directa de la supresión o restricción al derecho a la libertad física
- sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción
- III.2. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- REVOCAR