Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1506/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.6.
II.6. El Tribunal Sexto de Sentencia, mediante Resolución 250/2010 de 23 de septiembre, rechazó el incidente de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, con el argumento que al tratarse de un delito contra el patrimonio del Estado, la doctrina legal aplicable, a través del Auto Supremo 222 de 7 se marzo de 2007, establece que no puede declararse la extinción; que es la Corte Suprema de Justicia la facultada a modificar dicho razonamiento y que no es necesario revisar la prueba (fs. 129 y vta.).
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “otorga”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 14
- esta acción de defensa en los casos en que el procesamiento indebido es la causa directa de la supresión o restricción al derecho a la libertad física
- sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción
- III.2. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- REVOCAR