Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1513/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
denegó
La Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 21 de octubre de 2010, cursante de fs. 23 a 24, por la que denegó la tutela impetrada, con el fundamento que se condujo a las agraviadas a dependencias del Módulo Policial “Mapajo”, con el único objeto de ser identificadas y prestar su declaración informativa respecto a la supuesta comercialización indebida de muebles, autorizada únicamente a favor de los internos del Penal de Villa Busch y sus familiares; a más que en el ínterin de la investigación de este hecho, los “uniformados” establecieron la ilegal permanencia de las accionantes en el país.
- Juana Raquel Hernández Fernández y Karian Reira Hernández
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionario codemandados
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- sin que hasta la fecha se hubiera tomado alguna acción al respecto
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la viabilidad de la tutela otorgada por la acción de la libertad
- Fragmento 16
- la acción de libertad debe ser interpuesta cuando la lesión al derecho a la libertad existe; de no ser así, se desnaturalizaría la esencia de la presente acción de defensa, dado que el petitorio de que 'se restituyan sus derechos', ya no tendría sentido si se está en libertad…
- III.2. Análisis de las circunstancias del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- APROBAR