SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1526/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1526/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

II.1.

II.1. Mediante Resolución de Directorio 01-014-09 de 30 de julio de 2009, el Directorio de la Aduana Nacional de Bolivia dispuso que “…cuando el valor FOB de la factura o contrato sea inferior al valor determinado por el Despachante de Aduana conforme al artículo 43 parágrafo II del Decreto Supremo Nº 28963, éste liquidará los tributos conforme a dicho artículo, sin perjuicio que el importador pueda interponer la Acción de Repetición, previa presentación de los documentos justificativos que requiera la administración aduanera y el control de valor de aduana” (fs. 59 a 60). Publicada por el Periódico La Razón el 1 de agosto de 2009 (fs. 61).