SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1542/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1542/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

Fragmento 11

          Este Tribunal respecto a la subsidiariedad que caracteriza a esta acción tutelar, en la SC 0324/2010-R de 15 de junio, ha establecido: "El art. 19.IV de la CPEabrg, señala que se concederá el amparo solicitado: '…siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados…'; el art. 129.I de la CPE señala que: 'La acción de Amparo Constitucional se interpondrá (…) siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados'.