Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1570/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.1.
II.1. De fs. 1 a 2, cursa acta de audiencia de revocatoria de medidas cautelares de 12 de marzo de 2010, el Tribunal Segundo de Sentencia de la localidad de Villa Tunari, dispuso la detención preventiva del ahora accionante; de fs. 3 a 6 vta., cursa el acta de audiencia pública de cesación de detención preventiva, auto de rechazo y auto complementario, que fue recurrido en apelación incidental; este recurso fue tramitado en audiencia conforme al acta cursante de fs. 32 a 34, siendo resuelta la impugnación por la Sala Penal Tercera, por auto de 28 de mayo de 2010 de fs. 7 a 8 vta., y 35 a 36 vta.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Resolución
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.3. Situaciones excepcionales en las que a través de la acción de libertad, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática denunciada
- Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR