Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1570/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante manifiesta que ante una eventual igualdad de votos, entre los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia, se dispuso rechazar su solicitud de cesación de la detención preventiva; sin embargo, recurrida que fue esta determinación, los Vocales dispusieron que se convoque a un Juez dirimidor, que no se pronunció sobre el fondo del problema sino únicamente respecto a la desestimación del voto de uno de los miembros, motivo por el cual nuevamente se rechazó su solicitud de cesación, siendo consecuentemente impugnada; así, la Sala Penal Segunda, dispuso en definitiva que el dirimidor se pronuncie sobre el fondo de la petición.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Resolución
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.3. Situaciones excepcionales en las que a través de la acción de libertad, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática denunciada
- Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR