SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1573/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1573/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

denegó

La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, a través de la Resolución 18 de 1 de septiembre de 2010, cursante de fs. 66 vta. a 69 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) Las supuestas irregularidades y actos ilegales en que pudieran incurrir tanto fiscales o policías en la etapa preparatoria, que impliquen lesión a los derechos constitucionales de los imputados, deben ser denunciados ante el Juez cautelar que es la autoridad encargada del control jurisdiccional; 2) Respecto a la actuación del Juez demandado, el accionante tiene todos los mecanismos necesarios como recurrir ante la propia autoridad en cumplimiento de lo dispuesto por los arts. 54 inc. 1) y 259 del CPP para que se restablezcan los derechos en caso de haber sido lesionados, como son la vía incidental en la cual puede denunciar la actividad procesal defectuosa en la que hubiese incurrido el Juez y la vía de modificación de la medida cautelar; y, 3) El accionante tenía los mecanismos procesales para hacer valer sus derechos en el marco del control jurisdiccional, antes de acudir a la jurisdicción constitucional.