SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1577/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1577/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

1)

El abogado y apoderado del demandado, apersonándose en audiencia, señaló que: 1) El accionante, trabajó desde el 26 de julio de 2006, en la ciudad de Trinidad, sin embargo a consecuencia de haber faltado al servicio por ciento cincuenta y nueve días, fue objeto de un proceso disciplinario, resultando de ello, que el Tribunal Disciplinario dispuso mediante Resolución de 19 de marzo de 2009, la sanción de baja definitiva, la misma que es ratificada por el Comando General de la Policía el 19 de abril mediante Resolución 363/2009; 2) Evidentemente, el año 2008, el ahora accionante ingresó a la Escuela Básica de Policía en la ciudad de Santa Cruz, habiéndose incorporado a la Policía desde enero de 2009, en virtud a una orden especial 06/09 y memorándum 1007/2009 de 1 de abril, destinándolo al Comando Departamental de Santa Cruz; en ese ínterin y notificado que fue el policía Tito Ronald Patzi, con la Resolución de “baja”, este presentó reiterados memoriales y notas ante el Comando General, mereciendo de su parte, en calidad de Jefe del Departamento Jurídico, informes favorables a su situación; y, 3) Luego de haber presentado un memorial el 9 de julio de 2009, éste funcionario no se apersonó más al Comando General, habiendo señalado domicilio en secretaría de esas dependencias policiales, es que se lo notificó con la Resolución de 21 de septiembre de 2009, que lo reincorpora al servicio y lo da de alta en la institución policial, desde el 1 de octubre del referido año; por ello, el accionante no recogió su memorándum, por lo que en definitiva pide se deniegue la acción planteada contra su representado.