Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1581/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.4.
II.4. Por memorial de 5 de febrero de 2009, Fabiola Aparicio Mirabal-accionante-, en representación de Germán Carmona Borda, solicitó se deje sin efecto el embargo de los bienes muebles del Tecnológico Alemán, por ser de uso exclusivo e indispensable para impartir enseñanza (fs. 12) y por proveído de 6 del mismo mes y año, la Jueza demandada no dio lugar a la solicitud de desembargo (fs. 12 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- conceda
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de subsidiariedad y el amparo constitucional
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- el art. 518 del CPC, que dispone que las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia podrán ser apeladas sólo en el efecto devolutivo, sin recurso ulterior
- APROBAR