Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1588/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de los derechos de su representado, toda vez que, emitieron el Auto Supremo 339 de 8 de junio de 2009, por el cual, casó el Auto de Vista y deliberando en el fondo, declararon subsistente la Sentencia de primera instancia sin ninguna fundamentación ni motivación a la cual se encontraban obligados, además, de incrementarle sin fundamentación alguna, de tres años que establecía la sentencia, a cinco años de privación de liberad. En consecuencia corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Participación de la Fiscalía General
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3. Fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- Fragmento 14
- un simple párrafo
- APROBAR