Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1600/2011-R
Fecha: 17-Oct-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 19/2010 de 25deseptiembre, cursante de fs. 156 a 161 de obrados, dictada por el Juez Tercero de Sentencia de la Capital, Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia CONCEDER la tutela solicitada respecto al Juez de Instrucción en l Penal Cautelar de Coro Coro y DENEGAR la acción de libertad con relación al Juez de Partido y Sentencia de Achacachi y Fiscal de Distrito.
- acción de libertad
- I.1.1
- I.2.Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2.
- Fragmento 19
- vulnerando de esta manera su derecho a la libertad y al debido proceso
- Actuación del Juez de Partido y de Sentencia de Achacachi
- Fragmento 22
- conceder
- APROBAR