SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1646/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1646/2011-R

Fecha: 21-Oct-2011

II.4.

II.4.  Por Auto Supremo 254 de 4 de agosto de 2008, la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, manifestó el desacuerdo con el requerimiento fiscal y anuló obrados hasta fs. 758 vta. inclusive, disponiendo se proceda a la notificación legal con la Sentencia de fs. 750 a 753 a los procesados Jaime Prado Marañon y otra, de conformidad a los arts. 99, 100, 105 y 106 del CPP abrogado. Posteriormente mediante nota de 20 de septiembre del mismo año se devolvió el expediente al Juez Séptimo de Sentencia y de Partido en lo Penal, el mismo que el 27 de septiembre de 2008, providencia el cúmplase conforme a lo dispuesto en dicho Auto y se notificó el 13 de octubre de 2008 a horas 11:00, constando que el accionante se rehusó a firmar la diligencia en presencia de la testigo Lourdes Apaza (fs. 20 a 21 vta.;  28 a 30).