Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1647/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
II.10.
II.10. A través de la nota de 11 de mayo de 2009, los directivos del Sindicato de Taxis y Minibuses en Aeropuerto “Tcnel. de Av. Rafael Pabón” comunicaron al Secretario General de la Federación Departamental de Choferes “1° de Mayo”, que el caso de Rinaldo Encinas Catacora, para esa organización sindical es un caso cerrado, pudiendo en consecuencia el accionante recurrir a las instancias que crea conveniente (fs. 37 a 38).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El debido proceso y la motivación como elemento configurativo
- III.3. Marco legal que rige a las organizaciones sindicales de chóferes
- III.4. Análisis del caso de autos
- APROBAR