Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1664/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Alegando que se vulneraron los arts. 37, 39 y 71 del Estatuto Orgánico de la Cooperativa de Servicios Públicos y Alcantarillado Sanitario “Andrés Ibáñez” Ltda., los accionantes interponen la presente acción de amparo constitucional contra los miembros del Consejo de Administración y de la Junta Electoral de la referida Cooperativa, quienes hubieran promovido un proceso eleccionario en inobservancia de la normativa interna establecida al efecto. Por consiguiente, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- Judith Vera García, Efraín Arauz Betancur, Blanca Jenny Noé Terceros y José Moreira Montaño
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de subsidiariedad que rige la acción de amparo constitucional
- III.2. Observancia del principio de subsidiariedad respecto a la interposición de la acción de amparo constitucional en análisis
- APROBAR