SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1676/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1676/2011-R

Fecha: 28-Oct-2011

Fragmento 1

Por memorial presentado el 28 de noviembre de 2009, cursante de fs. 7 a 9, los accionantes manifiestan que el 5 de febrero de 2006, Elizabeth Leonor Sandi Carvallo, alquiló una oficina con el propósito de brindar los servicios de una agencia de empleos, en el bien inmueble de propiedad de Sonia Cristina Pereira de Hinojosa, ubicado en calle 25 de mayo Nº 543 entre Calama y Ladislao Cabrera, por un monto mensual de $us100.- (cien dólares estadounidenses), pactando verbalmente, por lo tanto refiere que: “la renovación tácita del contrato de alquiler operará con el sólo cumplimiento de los cánones mensuales…”; cumpliendo con dicha obligación cada mes y sin recibir factura por concepto de alquileres. Durante ese tiempo ganó prestigio y clientela, extremo que propició la codicia de la propietaria pretendiendo desviar su clientela para su provecho; por lo que, fueron objeto de amenazas y posteriormente, el 16 de julio del mismo año, los desalojó violentamente sin ningún justificativo, echando sus bienes muebles a la calle; pues desde ese momento se dio la tarea de cambiar de cerradura y poner candado a la puerta de ingreso, actitud que le ocasionó perjuicios económicos potenciales y se convirtió en acciones de hecho que privan el acceso a la oficina que alquilan.