Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1676/2011-R
Fecha: 28-Oct-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la vulneración de los derechos al trabajo, a la “seguridad jurídica” y al debido proceso, en vista que de forma arbitraria y utilizando medidas de hecho, Sonia Cristina Pereira de Hinojosa, en su calidad de propietaria del bien inmueble ubicado en calle 25 de mayo, procedió al desalojo de la oficina alquilada por Elizabeth Leonor Sandi de Veizaga, causándole perjuicios económicos y vulnerando los arts. 625, 632, 633 y 634 del CPC. En consecuencia corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- evitar un daño o perjuicio irremediable
- acción de amparo constitucional como medio reparador ante dichas situaciones excepcionales de medidas de hecho
- 1)
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3 Respecto al Tribunal de garantías constitucionales
- APROBAR