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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1690/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1690/2011-R

    Fecha: 21-Oct-2011

    a)

    demanda y los amplió señalando que: a) Su defendido se encuentra detenido desde el 22 de octubre de 2010, por un mandamiento emitido por el Juez Primero de Partido de Familia en mérito a que habría sido notificado con la planilla de liquidación de asistencia familiar mediante edictos, vulnerando la SC 0010/10, art. 137 inc. 5 del Código de Procedimiento Civil (CPC).

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • a)
    • 1)
    • “improcedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • la autoridad judicial, antes de expedir el mandamiento de apremio deberá previamente cuidar que el obligado sea notificado legalmente
    • la autoridad judicial está legalmente autorizada para hacer efectiva la asistencia familiar por parte del obligado, de manera que es viable el mandamiento de apremio
    • III.2.
    • APROBAR

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