Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1723/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.1.
II.1. Cursa inicio de investigación, imputación formal y solicitud de medidas cautelares a requerimiento de Mónica Correa Reynaga, Fiscal de Materia, en el proceso penal iniciado contra Genoveva Álvarez Jiménez, por la supuesta comisión del delito de robo agravado previsto en el art. 332.2 del Código Penal (CP), presentado ante el Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Uncía, el 19 de julio de 2009 (fs. 5 a 6). Decreto de señalamiento de audiencia de medidas cautelares para el 20 del referido mes y año a las 16:30 (fs. 6).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- previamente se deben agotar todos los mecanismos de protección específicos de defensa, es decir,
- SC 0080/2010-R
- “Primer supuesto:
- Segundo Supuesto: Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar, por ende, que afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- Tercer supuesto:
- III.2. Análisis del caso concreto
- pues con la presentación del inicio de investigación y de la imputación formal hecha en su contra por el Ministerio Público, se tenía identificada a la autoridad ante quien debió acudir en procura de la reparación y/o protección de sus derechos y garantías constitucionales
- los supuestos actos ilegales
- la accionante no podía acudir directamente a la acción de libertad activando la jurisdicción constitucional, haciendo abstracción de los mecanismos legales efectivos de protección que tenía a su alcance, conforme a la ley
- APROBAR