SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1723/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1723/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

los supuestos actos ilegales

Si la accionante no estuvo de acuerdo con lo actuado y resuelto en la audiencia de medidas cautelares de 20 de julio de 2009, especialmente con la Resolución que dispuso su detención preventiva, debió hacer uso del recurso de apelación dentro del plazo establecido por el art. 251 del CPP; es decir, los supuestos actos ilegales debieron ser denunciados ante el Tribunal de alzada, impugnando el fallo mencionado, abriendo así la posibilidad de que el superior en grado pueda corregir las supuestas arbitrariedades hoy denunciadas, posibilitando sean reparadas en el mismo órgano judicial que dictó la Resolución de primera instancia, haciendo prevalecer sus derechos.