SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1724/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1724/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

SC 0102/2010-R

Un entendimiento contrario significaría una desnaturalización a la actuación de los jueces y tribunales ordinarios, que son los que tienen competencia, primeramente, para ejercer el control del proceso, por ello, sólo ante la infracción de acuerdo a los requisitos y condiciones expuestas, se abre la tutela constitucional. Así ya se ha establecido en la SC 0102/2010-R de 10 de mayo, reiterando el entendimiento jurisprudencial asumido por este Tribunal al respecto” (las negrillas nos pertenecen).