Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1811/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
I.2.1. Ratificación de la acción
La accionante, a través de su abogado patrocinante, ratificó íntegramente el contenido de su demanda, añadiendo que el Juez demandado no analizó los dos contratos de prestación de servicios acompañados, sino uno sólo, y menos valoró las cartas de reclamo a “INSUMOS BOLIVIA” y a “COLOSA”. Pero además, el Juez no valoró en su conjunto toda la prueba de cargo ni efectuó una interpretación correcta de la relación de los hechos. En cuanto a los Vocales codemandados, confirman las irregularidades y transgresiones a la norma en las que incurrió el Juez de la causa, pero además hacen una mala aplicación de la interpretación sistemática de la norma.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)
- APROBAR