SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1836/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1836/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

Por memorial presentado el 24 de diciembre de 2010, cursante de fs. 1 a 2, el accionante manifiesta que, sus representados el 18 del mismo mes y año, se trasladaron de Trinidad a Santa Cruz, con la finalidad de comprar un vehículo que les ofrecieron de ocasión, llegando el domingo y concretando la compra el martes en la mañana, retornó a Trinidad, cruzando todas las trancas sin problemas, hasta que a las 7:00 del miércoles fueron detenidos por efectivos policiales en el retén de “Elvira” a 40 kilómetros de Trinidad, explicando que se trataba de un vehículo indocumentado importado de Chile; empero, fueron conducidos a oficinas de DIPROVE a horas 10:00 del 22 de diciembre de 2010, privados de su libertad hasta las 22:00, momento en que Fernando Grasdazabal Vacaflor, sin que exista orden de “apremio” alguno, dispuso por órdenes de Germán Guardia Moreno, Director de DIPROVE Santa Cruz, sean conducidos en el mismo vehículo a dicha ciudad, detención ilegal porque no existía flagrancia, además el vehículo fue denunciado como robado el 14 de diciembre de 2010, y sus representados viajaron desde Trinidad recién el 18, lo que demuestra que no pueden ser los autores del robo, siendo arbitraria su aprehensión.