Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1871/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
denegó
La Jueza Tercera de Sentencia de la Capital del Distrito Judicial de de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, por Resolución de 31 de diciembre de 2010, cursante de fs. 36 vta. a 38, denegó la tutela solicitada, con fundamentando que el accionante interpuso la acción de libertad a favor de su representado sin reclamar previamente la eventual vulneración de su derecho a la libertad ante el Juez Instructor y Cautelar, conforme establece el art. 54.I del CPP.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad de la acción de libertad
- u otra forma de restricción de la libertad
- Fragmento 11
- III.3. La problemática planteada en el caso de autos
- denegado
- APROBAR