Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1871/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Haciendo uso del derecho a la réplica, el accionante señaló que el proceso investigativo data de julio de 2010 y desde entonces su representado estuvo frecuentemente en dependencias del Ministerio Público; sin embargo la Fiscal demandada en ningún momento demostró el peligro de obstaculización del proceso, consiguientemente al no concurrir el tercer elemento previsto por el art. 226 del CPP, la orden de aprehensión es ilegal, consiguientemente la autoridad demandada sólo debió presentar la imputación y no acudir a la vía extrema que es la aprehensión.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad de la acción de libertad
- u otra forma de restricción de la libertad
- Fragmento 11
- III.3. La problemática planteada en el caso de autos
- denegado
- APROBAR