SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1899/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1899/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

i)

Jeanette Guísela Velarde Luna, Fiscal de Materia, prestó informe oral en audiencia y señaló: i) El accionante intentó darse a la fuga, fue aprehendido en el inmueble vecino y posteriormente autorizó la requisa de su inmueble; ii) En esta actuación se encontró marihuana en pequeñas bolsas de nylon, por lo que se ordenó su aprehensión; iii) en la audiencia de medidas cautelares el accionante no presentó ningún incidente ni denunció vulneración de sus derechos constitucionales y menos presentó recurso de apelación de la Resolución que determinó su detención preventiva.

“I. El recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, es el medio idóneo y eficaz para conocer y restituir cualquier tipo de lesión o vulneración que pueda atentar al derecho a la vida, la libertad o constituir una persecución o procesamiento indebido que atente o ponga en peligro el derecho a la libertad, cuando de acuerdo a las circunstancias concretas, a pesar de existir mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal vigente, éstos resulten ser evidentemente inoportunos o inconducentes, de manera tal que esta acción de defensa, por la urgencia de la situación, se configura como el medio más eficaz para restituir los derechos afectados; empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas.