Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1899/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.1.
II.1. Por informe de 25 de mayo de 2010, Javier Ángel Flores Otorongo, investigador de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) de Montero, solicitó a la Fiscal de Materia, allanamiento de domicilio adjuntando un croquis de ubicación del inmueble (fs. 8 y 9); Jeanette Guísela Velarde Luna, Fiscal de Materia, mediante requerimiento de 26 de mayo de 2010, informó al Juez Cautelar de Turno, el inicio de las investigaciones y solicitó mandamiento de allanamiento, registro, requisa y secuestro (fs. 10); por Auto de 26 de mayo de 2010, se dio curso a lo requerido por la Fiscal de Materia, librándose el correspondiente mandamiento el 27 de mayo del mismo año (fs. 11 y 12).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- a)
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -bien jurídico primario y fuente de los demás derechos del ser humano-
- El informalismo
- presentación oral
- Fragmento 16
- III.2. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- excepcionalmente, el recurso de hábeas corpus operará de manera subsidiaria...”
- frente a otros mecanismos ineficaces
- efectivos y oportunos de defensa
- II.
- IV.
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR