SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1899/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
III.3. Análisis del caso concreto
De acuerdo a los antecedentes cursantes en obrados, se tiene que se allanó el domicilio del accionante, fue aprehendido, se recolectó prueba en la requisa practicada, se dispuso su detención preventiva y finalmente se declaró improbado el incidente de nulidad obrados por actividad procesal defectuosa que dedujo, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público por el delito de suministro de sustancia controladas.
Sin embargo, el Auto 156/10 de 15 de noviembre de 2010, declaró improbado el incidente de nulidad de obrados, el accionante no dedujo recurso de apelación incidental, acudiendo directamente a la jurisdicción constitucional, obviando el carácter subsidiario de esta tutela jurídica, teniendo en cuenta que el trámite reservado para la apelación incidental es idóneo, rápido, urgente y expedido para reparar la lesión de los intereses y derechos del accionante como se tiene expresado en el fundamento jurídico III.2 de esta Sentencia, razonamiento que impide que este Tribunal pueda pronunciarse sobre el fondo de la problemática planteada; por lo que corresponde denegar la tutela que brinda la acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- a)
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -bien jurídico primario y fuente de los demás derechos del ser humano-
- El informalismo
- presentación oral
- Fragmento 16
- III.2. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- excepcionalmente, el recurso de hábeas corpus operará de manera subsidiaria...”
- frente a otros mecanismos ineficaces
- efectivos y oportunos de defensa
- II.
- IV.
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR