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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1899/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1899/2011-R

    Fecha: 07-Nov-2011

    I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

    René Blanco León, Juez de Instrucción Mixto de Minero, mediante informe escrito que fue leído en audiencia cursante a fs. 68 y señaló: Actuó en suplencia legal del Juzgado Primero de Instrucción Mixto de Montero y si ordenó la detención preventiva del accionante, fue porque concurrían todos los requisitos del art. 233 del CPP, y si el imputado no estaba de acuerdo con dicha determinación debió apelar.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • 1)
    • a)
    • i)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
    • se constituye en una garantía jurisdiccional  esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -bien jurídico primario y fuente de los demás derechos del ser humano-
    • El informalismo
    • presentación oral
    • Fragmento 16
    • III.2. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
    • excepcionalmente, el recurso de hábeas corpus operará de manera subsidiaria...”
    • frente a otros mecanismos ineficaces
    • efectivos y oportunos de defensa
    • II.
    • IV.
    • III.3.   Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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