SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1925/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1925/2011-R

Fecha: 28-Nov-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

Habiendo el Juez de la causa, ahora demandado, dispuesto el 16 de mayo de 2010, aplicar medida cautelar de detención preventiva en su contra en el Centro de Rehabilitación Palmasola de Santa Cruz, por doce veces consecutivas, desde el 15 de julio del indicado año, hasta el 12 de enero de 2011, solicitó al demandado señalamiento de fecha para audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva, misma que habiendo sido efectivamente señalada, fue suspendida consecutivamente por razones ajenas a la voluntad del accionante, siendo la principal causa de suspensión la inasistencia del Ministerio Público y sus reiterados pedidos de suspensión de la audiencia.

Finaliza agregando que, como consecuencia de este actuar dilatorio, y pese a haber solicitado que en aplicación de art. 323 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se conmine al Ministerio Público a la presentación de pruebas y actuaciones, no se llevó a cabo la solicitada audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva, sea para atenderla de manera favorable o no, permitiéndole ejercer su derecho a la defensa.