SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1932/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1932/2011-R

Fecha: 28-Nov-2011

1)

El Fiscal de Materia en uso de la palabra, manifestó que: 1) El accionante a través de su representante ha utilizado erróneamente el art. 251 del CPP, con referencia al art. 250; y, 2) No es posible acudir directamente a la vía constitucional cuando existen otros medios idóneos establecidos en el ordenamiento jurídico, conforme lo prevé la SC 0778/2007-R, razones por las cuáles se debe denegar la acción de libertad interpuesta.