SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1932/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que fue lesionado el derecho a libertad de su representado, por cuanto no fue observado el debido proceso, toda vez que fue acusado de la comisión del delito de homicidio, fruto de la aplicación de un procedimiento ilegal, mediante el cuál se le procedió a notificar incorrectamente en domicilio que no era el suyo, publicándose edictos que no fueron del conocimiento, dando lugar a que se declare su rebeldía y consecuentemente se emita un injusto mandamiento de aprehensión, hecho que finalmente derivó en su detención fruto del desarrollo de la Audiencia de Medidas Cautelares dentro la cuál, la Juez ahora accionada, actuó subjetivamente. En consecuencia, corresponde analizar, si en el presente caso, se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.2. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- sin embargo, ante la existencia de otros medios legales idóneos para asegurar dicha protección de un modo oportuno, eficaz e inmediato, siendo necesario que estos medios deban previamente agotarse antes de solicitar la tutela constitucional
- III.3. Análisis del caso
- en primer término, ante el Juez demandado y luego eventualmente impugnar las decisiones asumidas por éste que no fuesen favorables
- APROBAR