SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1932/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1932/2011-R

Fecha: 28-Nov-2011

improcedente

La Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 6/2011 de 19 de enero, cursante de fs. 70 a 71 vta., por la cual declaro improcedente la acción de libertad interpuesta, en base a los siguientes argumentos de orden legal: i) Las supuestas vulneraciones de derechos dentro de un proceso ordinario, activan el sistema de control jerárquico e institucional establecido a dicho efecto, que se halla encomendado al director de la investigación, vale decir el juez a quo; y, ii) En el caso que el juez a quo, no observe los actos procesales acusados de vulneratorios, existe en todos los casos la posibilidad legal de apelar el actuar de la autoridad jurisdiccional, a cuyo efecto el accionante contaba con abogada defensora, misma que fue designada en la Resolución 289/2010, mediante la cual se declaró su rebeldía.