SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1952/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1952/2011-R

Fecha: 28-Nov-2011

I.2.1. Ratificación de la acción

El abogado Gustavo Helguero Cuentas, precisó previamente que asume patrocinio únicamente respecto del accionante Daniel López López, quien está ilegalmente detenido, no pudiendo alegar procesamiento indebido al no existir proceso penal abierto en su contra; habiéndose producido su aprehensión en circunstancias en las que se trasladaba a la ciudad de Cochabamba, a cuyo efecto tomó los servicios del automóvil expreso de propiedad del coaccionante, deteniéndose en la localidad Nuevo Horizonte, donde los confundieron con los autores de sustracción de coca macerada, resultando víctimas de una turba enardecida que los golpeó y vejó.

Añade que, fueron trasladados a la localidad Yapacaní por funcionarios policiales, pero el Fiscal de Materia demandado, no se presentó nunca en dependencias policiales a efectos de hacerles conocer el inicio de investigaciones, incurriendo en incumplimiento de deberes; sobrepasando las setenta y dos horas sin ponerlos a disposición de un Juez cautelar, concerniendo recordar que la previsión del art. 226 del CPP, no es un postulado formal sino de contenido material. Con su actuación, la autoridad fiscal inobservó el derecho a la defensa y los principios de oralidad e inmediación que rigen en el proceso penal. Finaliza afirmando que, no corresponde en el caso de examen, aplicar el art. 54 del CPP, exigiendo se acuda ante el juez cautelar, siendo que ningún juez de instrucción en lo penal, asumió conocimiento del asunto en cuestión.