Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1956/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
II.3.
II.3. Por Resolución 509/10 de 29 de septiembre de 2010, la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, Karina Barea Márquez, conminó al Fiscal de Distrito para que en el plazo de cinco días a partir de su notificación, presente la correspondiente solicitud conclusiva, conforme a los arts. 134 y 323 del CPP; dado que, habían transcurrido más de los seis meses establecidos para la conclusión de la etapa preparatoria. Notificándose con dicho actuado a la autoridad fiscal, el 4 de noviembre de 2010 (fs. 7 vta., 8 y 15).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El recurso de apelación incidental contra resoluciones que declaran la extinción de la acción penal y el efecto de su presentación
- III.3. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- APROBAR