1285/2011-R de 26 de septiembre de 2011
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

1285/2011-R de 26 de septiembre de 2011

Fecha: 13-Dic-2011

III.4. Análisis del caso

         De la misma forma, si la SC 1285/2011-R ponderó derechos a la luz de la Constitución, prevaleciendo en ese caso el derecho a la víctima a doble instancia e impugnación y su propia revalorización en el proceso penal, sin embargo ello, dicha Sentencia, no reconduce el entendimiento de la jurisprudencia constitucional que resuelve casos facticos similares, en todo caso, debió reconducir o modular según sus efectos, la jurisprudencia citada en la presente Resolución, pero lo más saludable constitucionalmente, era exhortar a la Asamblea legislativa para que como órgano competente complemente el art. 24 y 403 respectivamente del CPP, y llene un vacío jurídico desde y conforme a la Constitución, otorgándole especifica y expresamente la facultad a la víctima y al Ministerio Público de recurrir de apelación a las resoluciones de suspensión condicional del proceso. 

         Por otra parte y respecto al segundo punto (2) de el FJ.III.3., dichos aspectos no fueron demandados y no es objeto de la tutela solicitada, pues las actuaciones del Juez cautelar en ningún momento fueron denunciadas mediante la acción, pero la Sentencia Constitucional 1285/2011-R ingresa al análisis del mismo, lo que implicaría además, la valoración de la prueba que existe en el requerimiento conclusivo y en la tramitación de la suspensión condicional.