DENEGAR
En base a la fundamentación jurídica precedente, el suscrito Magistrado considera que el Tribunal Constitucional debió DENEGAR la acción tutelar, al no advertirse acto ilegal, ni omisión indebida lesiva de los derechos fundamentales del representado del accionante, pero de ninguna manera dar por bien hecha la actuación de las autoridades demandadas, quienes inaplicaron el procedimiento para la medida preparatoria.
