AUTO CONSTITUCIONAL 029/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 029/2011-RCA

Fecha: 07-Feb-2011

improcedencia “in límine”

La Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 46/2009 de 13 de junio, cursante de fs. 377 a 378 vta., declaró la improcedencia “in límine”  de la acción, bajo el fundamento de que la acción planteada no tiene como objeto impugnar una resolución o acto u omisión en que hubieran incurrido las autoridades demandadas, sino un Decreto Supremo, que al ser una norma no puede ser impugnada por medio del amparo constitucional sino por el recurso de inconstitucionalidad.