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    AUTO CONSTITUCIONAL 052/2011-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 052/2011-RCA

    Fecha: 14-Feb-2011

    requisitos de contenido, establecidos en los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC,

    Por lo expuesto y al verificar la inexistencia de causalidad entre los hechos y el derecho invocado, omisión que se encuentra regulada entre los requisitos de contenido, establecidos en los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC, corresponde rechazar directamente la acción de amparo constitucional.

    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • rechazó in límine
    • II.1. Consideraciones   previas:   Aplicación   de   la   Ley   del   Tribunal Constitucional
    • Fragmento 5
    • Fragmento 6
    • requisitos de contenido son los regulados en los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC,
    • II.2.1.Improcedencia de la acción de amparo constitucional por falta nexo causal, entre la exposición de los hechos, los derechos reclamados y el petitorio
    • Exposición clara y precisa de los hechos (art. 97.III de la LTC)
    • 1)
    • II.3. Análisis del caso enviado en revisión
    • requisitos de contenido, establecidos en los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC,
    • APROBAR,

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