Sentencia: 1728/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1728/2010-R

Fecha: 10-Feb-2011

materialmente

Sobre el particular, debe señalarse que dicho argumento de ninguna manera desvirtúa la lesión a la garantía del debido proceso y a la presunción de inocencia, pues, como ha quedado precisado en el Fundamento Jurídico II.2. de la presente disidencia, la suspensión de funciones sin goce de haberes, implica materialmente una sanción al servidor público, pues se le priva de su sueldo e -indirectamente- no se le permite ejercer ninguna actividad pública ni privada, pues de hacerlo incurriría en causales de incompatibilidad; sanción que no es el resultado de un proceso previo, como exigía el art. 16.IV de la CPEabrg y actualmente lo disponen los arts. 115.II y 117.I de la CPE.

El argumento anotado, tampoco desvirtúa la lesión al principio y garantía de la presunción de inocencia prevista en el art. 16.I de la CPEabrg y ahora en el art. 116 de la CPE, que determina que “Se garantiza la presunción de inocencia. Durante el proceso, en caso de duda sobre la norma aplicable, regirá la más favorable al imputado o procesado”.

Debe hacerse notar, por otra parte, que en el Fundamento Jurídico III.5. de la Sentencia, se modula expresamente la SC 0079/2005 de 14 de octubre en cuanto a la suspensión de funciones sin goce de haberes, pero únicamente cuando se trate de una medida previa a la celebración de un juicio oral por delitos de acción pública, y se mantiene el razonamiento de dicha Sentencia cuando se trate de medidas cautelares dentro de procesos disciplinarios.