Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0011/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
II.1.
II.1. Del informe prestado por las autoridades demandadas durante la audiencia, se establece que el cuaderno procesal del cual deriva la presente acción, fue remitido al Tribunal Cuarto de Sentencia, el 18 de marzo de 2009, y que el 19 del mismo mes y año, se dispuso la audiencia de juicio oral y público para el 21 de abril de esa misma gestión; determinándose que el representado del accionante no se habría apersonado ni habría efectuado solicitud alguna. (fs. 8 vta. a 9 vta.)
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos la motivan
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- Fragmento 11
- Los atentados a las reglas del debido proceso en los cuales no exista una relación entre el acto considerado lesivo y el derecho a la libertad suprimido o restringido, están llamados a ser resguardados por la acción de amparo constitucional,
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR