SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0011/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega como vulneradas las "…Garantías Constitucionales establecidos en los arts. 22, 23 parágrafo I, 109 y 115 parágrafo I y II de la Constitución Política del Estado…" (sic) de su representado, toda vez que aquel se encuentra detenido preventivamente desde el 22 de diciembre de 2005 en el penal de San Pedro por disposición del Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, habiendo transcurrido tres años, dos meses y diecinueve días desde su detención, infringiéndose el art. 133 del CPP; en mérito a ello, solicita la aplicación del art. 133 del citado Código; además, remarca que se impuso a su defendido una fianza de imposible cumplimiento. Corresponde analizar en revisión, si en el presente caso se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos la motivan
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- Fragmento 11
- Los atentados a las reglas del debido proceso en los cuales no exista una relación entre el acto considerado lesivo y el derecho a la libertad suprimido o restringido, están llamados a ser resguardados por la acción de amparo constitucional,
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR