Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0031/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante alega que su representado se encuentra detenido preventivamente en el penal de San Pedro, y habiendo transcurrido más de tres años, un mes y diez días, solicitó la aplicación del art. 133 del CPP; la misma fue rechaza por el Tribunal Cuarto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, además, agrega que se le impuso una fianza de imposible cumplimiento, actos que vulneran las garantías del debido proceso y la presunción de inocencia. Corresponde analizar, en revisión, si en el presente caso se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 10
- en tanto no se contraponga a la Constitución Política del Estado
- se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad'
- “
- Fragmento 14
- no pueden ser compulsadas por vía de esta acción tutelar, por cuanto no constituyen el origen o causa para la restricción del derecho a la libertad física o de locomoción del accionante
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17