Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0090/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 11 de enero de 2008, el actual accionante, solicitó al Prefecto y Comandante General del departamento de Tarija, hoy demandado, informe y/o certifique de su puño y letra diecinueve puntos sobre la administración de los recursos económicos con los que contaba la referida institución; ejecución real, física y financiera de las obras y proyectos comprometidos; así como la condición de sus funcionarios públicos en cuanto a la percepción de sus salarios y el estado de los procesos administrativos y judiciales. En el otrosí primero se evidencia el señalamiento de domicilio para conocer determinaciones en la FSUCCT, calle Comercio s/n (fs. 7 a 8 vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Análisis de la problemática planteada
- concedido
- APROBAR