Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0092/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
III.1. La excepción a la subsidiaridad en el amparo constitucional
Con carácter previo a ingresar al análisis de fondo de la acción presentada, cabe señalar que en el presente caso no puede exigirse el agotamiento de la fase previa de impugnación, en razón a la inminencia del inicio de los torneos en la Asociación de Fútbol durante la gestión 2009; por lo que un trámite normal impugnatorio podría en los hechos haber dado lugar un resultado totalmente extemporáneo que hubiese impedido a los menores involucrados en la presenta acción a gozar de su legítimo de derecho al deporte mínimamente durante toda una gestión.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1.
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La excepción a la subsidiaridad en el amparo constitucional
- salvo que la restricción o supresión de los derechos o garantías constitucionales ocasione un perjuicio irremediable o irreparable, en cuyo caso, de manera excepcional, se activa el amparo constitucional para otorgar una tutela efectiva e inmediata que evite la consecuencia irremediable
- III.2. El derecho al deporte y a la cultura física en la Constitución Política del Estado
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR