SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0104/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0104/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

el accionante tiene activado un mecanismo procesal ordinario

En el presente caso, el accionante tiene activado un mecanismo procesal ordinario, y por tanto no puede de manera simultánea, acudir a la jurisdicción constitucional para que ambas conozcan y resuelvan las presuntas irregularidades denunciadas. Esta situación inviabiliza la presente acción, pues de no ser así, se crearía una disfunción procesal contraria al orden jurídico. En consecuencia, corresponde denegar la tutela solicitada.